Para abordar esta normativa hay que profundizar en el famoso Real Decreto 244/2019, la nueva ley de autoconsumo que contempla todas las modificaciones y variables que a buen seguro te interesan pues te harán ahorrar en la factura.
Real Decreto RD 244/2019
Esta nueva ley vino a derogar el famoso ‘impuesto al sol’ y con ella se eliminan ciertas tasas en la generación fotovoltaica que antes hacían del autoconsumo eléctrico mucho más gravoso.
Además, esta nueva normativa trae consigo otras ventajas muy a reseñar:
Nueva compensación de excedentes
Si tu panel solar genera más energía de la que consumes, esta es vertida a la red eléctrica y las comercializadoras descuentan esa energía de tu factura. Esto suena perfecto pues la energía que nos sobra es vertida a la red y el contador bidireccional cuenta los kWh que vertemos y la comercializadora asigna un precio a estos, y los descuenta de la factura eléctrica.
Pese a ello, hay que recordar que en esta nueva normativa se establece que la parte fija de la factura no es objeto de compensación, sí la parte variable, pudiendo ahorrar hasta el 100% de esta, salvo los peajes.
* Compensación simplificada de excedentes
La compañía eléctrica asigna un coste a cada vatio que vertemos a la red y, al final del periodo de facturación, suma el total del coste de todos esos vatios vertidos y los descuenta de la factura.
El adjetivo simplificado hace referencia al hecho de que no se debe hacer ningún tipo de procedimiento especial al registro estándar de toda instalación de autoconsumo sin excedentes. La compensación no se considera actividad económica. El valor a compensar no puede superar el importe del término de energía de la factura antes de impuestos. La compensación es mensual y no acumulable.
No se puede olvidar que siempre hay que abonar el coste de energía y los peajes de acceso, mientras que cuando se compensan los excedentes, únicamente reducen el precio de la energía.
Autoconsumo compartido
Las comunidades de vecinos y asociaciones podrán generar su propia electricidad.
Eliminación de los límites de potencia
Ya no hay límite en la instalación de potencia.
Producción de terceros
Se permite el alquiler de tejados para que terceros generen electricidad y se compartan los beneficios.
Cabe destacar que todas estas ventajas están convenientemente reguladas, dependiendo de si se trata de un autoconsumo con o sin excedentes. En caso de ser sin excedentes, la energía sobrante es pagada al precio que previamente pactado con la comercializadora.
Los trámites para instalar paneles solares en tu casa
Para potencias inferiores a 15 kW, lo normal en viviendas y pequeñas empresas, es adoptar un autoconsumo con compensación de excedentes. Su gestión es muy sencilla ya que no se necesitan permisos de acceso ni de conexión. Solo es necesario rellenar un boletín de instalación y entregárselo a la comunidad autónoma, una gestión que además suele realizar la empresa instaladora.
Si tu convencimiento a instalar paneles solares es total, lo primero es comprobar que se cumplen con los requisitos exigidos y, antes de iniciar los trámites para proceder a la instalación, hay que descartar que existan restricciones urbanísticas en la zona en el Plan General de Ordenación Urbana o si existe alguna ordenanza solar municipal que impida la instalación (centros históricos, suelos rústicos, áreas naturales protegidas, seguridad aérea…).
Constatado todo esto, en la tramitación es donde habrá que elegir la modalidad de autoconsumo, la potencia fotovoltaica, la comunidad autónoma y la tensión de red, aportando diferentes documentos a nivel estatal, autonómico y local.